PROCESO DE ESCOLARIZACIÓN
- E.S.O. - Bachillerato
- Formación Profesional Básica
- Enseñanza Secundaria Adultos (Semipresencial)
- Ciclo Profesional Grado Medio
E.S.O. Y BACHILLERATO
DOCUMENTACIÓN
- Documentación Inicial
SOLICITUD
-
Formulario de Preinscripción (Anexo III)
-
Procedimiento Extraordinario de Admisión (Anexo IX)
TEMPORALIZACIÓN
- Periodo de Solicitud: 1 al 31de Marzo.
- 14 de Abril: Publicación de las listas de solicitudes baremadas
- 15 de Abril: Comienza el Plazo de trámite de audiencia / alegaciones a las listas baremadas
- 10 de Mayo: Sorteo público para resolver los casos de empate
- 11 de Mayo: Publicación de la resolución de admisión en el centro prioritario
- 21 de Mayo: Publicación de admisiones en centros subsidiarios y de oficio
- 24 de Mayo: Comienza el Plazo para la presentación de recurso de alzada y reclamaciones ante la Administración
- 1 al 10 de Julio: Matriculación en E.S.O. y Bachillerato
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO “ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA” (CÓDIGO 20201)
Modalidad DUAL
Periodo de admisión: Del 15 de junio al 1 de julio.
La solicitud se hace a través de la Secretaría Virtual del portal de formación profesional de la Junta de Andalucía (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/solicitudes/)
Para ello se necesita el Certificado Digital o la clave ICAT (Se solicita en cualquier IES público de la Andalucía). Orden de 1 de junio de 2016, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes para cursar ciclos formativos de grado medio y de grado superior, sostenidos con fondos públicos, de formación profesional inicial del sistema educativo.
Los requisitos académicos para acceder al ciclo son:
- a) Estar en posesión de, al menos, uno de los siguientes títulos:
- 1º Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que el alumno o alumna haya superado la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria por la opción de enseñanzas aplicadas.
- 2º Título Profesional Básico o haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
- 3º Título de Bachiller.
- 4º Título universitario.
- 5º Título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional.
- b) Estar en posesión de un certificado acreditativo de haber superado todas las materias de Bachillerato.
- c) Haber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos formativos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa, tener 17 años cumplidos en el año de finalización del curso y no reunir otros requisitos de acceso a ciclos formativos de grado medio.
- d) Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior; para la realización de la prueba de acceso a grado medio se requerirá tener al menos 17 años cumplidos a 31 de diciembre del año de realización de la prueba, o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- e) Sin perjuicio de los requisitos establecidos en los apartados anteriores, se podrá acceder a los ciclos formativos de grado medio acreditando alguna de las condiciones establecidas en el apartado a) de la disposición adicional tercera del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.